NUEVA WEB DE FEUSO EXTREMADURA

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NOVEDADES

sábado, 27 de diciembre de 2008

POLÉMICAS DECLARACIONES DEL FISCAL GENERAL DEL ESTADO

PARA FEUSO, LAS AGRESIONES AL PROFESORADO DE LOS CENTROS PRIVADOS TAMBIÉN SON UN ATENTADO CONTRA LA AUTORIDAD

La FEUSO se va a dirigir inmediatamente a la Fiscalía General del Estado para que reconsidere su posición respecto a la calificación de las posibles agresiones al profesorado de centros educativos concertados o privados que, según su criterio, no deben considerarse como un delito de atentado contra la autoridad.
Se da la circunstancia de que la Fiscalía General del Estado ha aclarado, días atrás, a la Fiscalía Superior de Andalucía que la agresión a un profesor de un centro privado o concertado (o a un médico de un hospital ajeno a la red sanitaria pública) no debe considerarse un delito de atentado contra la autoridad. Ni siquiera la gravedad o reiteración de las agresiones pueden dar pie a dicha consideración, ya que según la Fiscalía General del Estado solamente la condición de funcionario de la Administración Pública es el factor determinante para la calificación de la agresión como atentado contra la autoridad. Con esta consideración, solamente serían calificados como delitos contra la autoridad las agresiones al profesorado de los centros públicos que tengan la condición de funcionario.
La FEUSO ha venido pronunciándose con claridad respecto a este asunto, en diversos foros, en los que hemos manifestado sin ambages que el profesorado debe tener la condición de autoridad y, consecuentemente, cualquier tipo de agresión (física, verbal, etc.) al mismo, debe tener la consideración de delito por atentado a la autoridad. Pero, en la USO hemos defendido que sea considerado como autoridad, todo el profesorado, independientemente de que trabaje en centros públicos, concertados o privados.
Consecuentemente, la Federación de Enseñanza de la USO manifiesta su oposición a este pronunciamiento de la Fiscalía General del Estado, porque nos parece enormemente restrictiva, discriminatoria y poco sensata. Además, nos plantea serias dudas respecto a la posición en la que quedaría todo el profesorado interino, así como todos los trabajadores de los centros públicos que tienen la condición de personal laboral, no funcionario.
Para la FEUSO la autoridad inherente al profesorado no emana de su condición de funcionario público, sino que procede del mandato que toda la sociedad otorga al profesorado de todos los centros educativos para formar al alumnado –futuros ciudadanos y ciudadanas- en unos determinados valores que harán posible modelar la sociedad que queremos construir para mañana: una sociedad justa, libre, solidaria, crítica, comprometida... Por ello, defendemos que cualquier agresión a cualquier profesor o profesora de cualquier centro educativo, debe tener la misma consideración de delito contra la autoridad, porque la agresión se produce contra la autoridad moral que emana de la sociedad y contra el modelo concreto de sociedad que queremos construir.
De prevalecer la actual consideración del Fiscal General del Estado, contemplaríamos que una determinada agresión sería delito si se efectúa a un profesor de un centro público y exactamente la misma agresión podría quedar impune si se realiza a un profesor de un centro educativo privado o concertado. A nuestro juicio, esta situación sería poco sensata, desequilibrada y discriminatoria. Por ello, trataremos de revertirla.


FEDERACIÓN DE ENSEÑANZA DE USO
Madrid, 22 de diciembre de 2008

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