NUEVA WEB DE FEUSO EXTREMADURA

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NOVEDADES

lunes, 18 de julio de 2011

Comparecencia de USO en la Comisión de Igualdad del Congreso

José Luis Fernández Santillana, Secretario Confederal de Comunicación y Relaciones Institucionales de USO, compareció el 11 de julio en la Comisión de Igualdad del Congreso de los Diputados para informar en relación con el Proyecto de Ley Integral para la Igualdad de Trato y la No Discriminación. En su intervención, entre otras cuestiones que detallamos a continuación, manifestó la opinión de USO sobre el derecho que tienen los centros de Enseñanza Diferenciada al concierto educativo.
En su. Fernández Santillana dejó constancia de que “la USO está combatiendo desde hace años cualquier tipo de discriminación que sufra una persona, de manera especial en el ámbito de las relaciones laborales, como ya lo hacíamos antes de promulgarse la Ley Orgánica para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres, de la cual, tras 4 años de su vigencia, a nuestro juicio, no se ha logrado una total aplicación”.

Sobre algunos aspectos concretos del contenido de la norma, Fernández destacó:
* “Nos seguimos encontrando discriminaciones en materias como el acceso a la formación para el empleo, ya que ésta se reserva a determinadas organizaciones a pesar de las reiteradas sentencias que hemos obtenido reconociendo el derecho de la USO a este respecto, olvidándose de que el derecho a la formación es de la persona trabajadora o desempleada, y no de las organizaciones sindicales o empresariales más representativas. Igualmente podríamos hablar de la formación y asesoramiento de los delegados de prevención, etc.”.

* En cualquier supuesto, esté o no contemplado en esta Ley, la USO acudirá a las correspondientes instancias, como ya ha hecho, para evitar la discriminación en el ámbito de la negociación colectiva, como es la que se da como consecuencia de la fecha de ingreso en la empresa que ocasiona la existencia de la denominada doble escala salarial, y cuya nulidad hemos ganado.

* También para la USO es discriminatorio y no se contempla como tal en el Proyecto de Ley el cómputo de las cotizaciones sociales para los trabajadores a tiempo parcial y fijos discontinuos, que tendrán que trabajar más años para tener derecho a una pensión.

* Cuando se trata del derecho a la igualdad de trato y no discriminación en organizaciones políticas, sindicales, empresariales, profesionales y de interés social o económico, “queremos desde la USO resaltar que no sólo se debería tratar la no discriminación en la organización, sino entre organizaciones e incluso entre los afiliados de una organización respecto de otra”. Fernández Santillana explicó al respecto que “para la USO es una discriminación que una organización sindical como la nuestra no pueda promover elecciones sindicales en empresas donde no está implantada, mientras que las que tienen la condición de más representativas sí pueden aunque también carezcan de implantación”.

* En cuanto a la participación, se recordó que “para la USO es discriminatorio y contrario a la igualdad de trato que en el ámbito político para formar parte de esta Cámara u otras de ámbito territorial baste una audiencia electoral del 5% y para tener la condición de sindicato más representativo se nos exija el 10%”.

* “También a nuestro juicio lo es que, más allá de la representación institucional que la LOLS confiere a los sindicatos que tienen la condición de más representativos, se legisle la presencia en órganos consultivos exigiendo esta misma condición y que sean los tribunales quienes sentencien que la norma ha de modificarse”, como ha sucedido con el Consejo para la Responsabilidad Social de las Empresas. En la misma línea, con el máximo de respeto a las organizaciones sindicales que están implantadas en un ámbito autonómico, éstas, con mucha menor representatividad que la USO, son interlocutores en el plano institucional con el Gobierno de España y la USO no.

* Como último ejemplo relacionado con el contenido de esta norma, el portavoz de USO citó la posible supresión del concierto educativo (en cuanto financiación pública) a los centros que separan alumnos por sexo para recordar al respecto que este tipo de enseñanza no implica ningún tipo de discriminación, tal y como declara la Convención de la Unesco (aceptada por el Estado Español) y el dictamen del Consejo de Estado. Si no, la discriminación recaería en las familias que, aun prefiriéndola, no pudieran pagar este tipo de educación.

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