NUEVA WEB DE FEUSO EXTREMADURA

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NOVEDADES

lunes, 25 de marzo de 2013

Circular informativa urgente:Antes del 15 de abril hay que presentar ante el INSS, los ERE, convenios y/o acuerdos de jubilación aprobados antes del 1/4/2013


Como ya sabéis, ha entrado en vigor el RD Ley 5/2013 de 15 de marzo de medidas para favorecer la continuidad de la vida laboral de los trabajadores de mayor edad y promover el envejecimiento activo. Este RD Ley modifica la fecha de “corte” y posibilita que los trabajadores que cumplan 61 años antes de 2019 puedan acogerse a la jubilación parcial con las reglas anteriores a la Reforma de las Pensiones de 2011. Las ventajas son:

- Los trabajadores pueden seguir acogiéndose a la jubilación parcial hasta un máximo del 75%

- Las empresas no tienen que abonar penalización alguna con este tipo de jubilación parcial.

Para que esto sea posible y se beneficien tanto las empresas como los trabajadores, es imprescindible que se firme un acuerdo colectivo entre la empresa y los representantes de los trabajadores y se registre en el Instituto Nacional de la Seguridad Social antes del 15 de abril (el acuerdo debe llevar una fecha comprendida entre el 16 y el 31 de marzo.
Al ser escaso el tiempo que resta, enviaremos a nuestros delegados un modelo de acuerdo proforma para agilizar este asunto. Rogamos que si tenéis cualquier duda el respecto, os pongáis en contacto con nosotros o con vuestras propias gestorías lo antes posible.



Un saludo,



Federación de Enseñanza de USO

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