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NOVEDADES

martes, 14 de junio de 2011

Para USO, la Reforma de la Negociación Colectiva complica más que resuelve

La USO considera que el Decreto Ley aprobado el 10 de junio por el Consejo de Ministros para la Reforma de la Negociación Colectiva, y que ha sido precedido por la ruptura de las negociaciones entre los agentes sociales “más representativos”, pone de manifiesto, una vez más, la inutilidad del actual modelo de diálogo social por la ineficacia demostrada y la falta de transparencia del mismo.



La USO considera que el Decreto aprobado por el Gobierno sólo presenta retoques superficiales y que no entra a fondo a articular la negociación colectiva en los distintos ámbitos sectoriales, territoriales y de empresa, desde la complementariedad de ellos y acercando la negociación del convenio colectivo a los sujetos activos de la misma, especialmente en el ámbito de empresa, constriñendo esta capacidad a los representación unitaria de los trabajadores en beneficio de los aparatos sindicales “más representativos”.



Se abre así para la USO la puerta al neoverticalismo sindical de las centrales mayoritarias que se legitiman en los nuevos ámbitos de negociación y en los existentes por el acuerdo mayoritario de las secciones sindicales en la empresa, dejando sin esa capacidad a la representación minoritaria.



La frase más repetida en la norma es “salvo pacto en contrario”. Por tanto, el contenido de la misma y la prevalencia de determinadas materias en los convenios de empresa quedan supeditados al acuerdo que se alcanza en el ámbito superior, una nueva verticalización de la negociación colectiva.



Por último, a lo largo de toda la norma existe una continua referencia a fijar los procedimientos para la remisión a sistemas no judiciales de resolución de conflictos. Esto sería positivo si esos sistemas fuesen independientes de las organizaciones sindicales y empresariales más representativas, pero eso no es así; son estas organizaciones, a través de fundaciones privadas sostenidas con fondos públicos, quienes las gestionan y determinan quiénes son los árbitros y mediadores, es decir, son juez y parte en el conflicto.



Decreto Ley de Reforma de la Negociación Colectiva

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