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NOVEDADES

viernes, 9 de mayo de 2014

COMISIÓN MIXTA PROVINCIAL DE CONCESIÓN DE PLAZAS DE GRATUIDAD

La Federación de Enseñanza de la Unión Sindical Obrera de Extremadura convocó y participó como parte de la comisión en la reunión celebrada en nuestra sede en Badajoz, siendo las 11:20 horas del día 9 de mayo de 2014, de acuerdo con el artículo 81 del VI Convenio Colectivo de Empresas de Enseñanza Privada Sostenida Total o Parcialmente con Fondos Públicos, y según el procedimiento establecido en el Anexo IV del mismo Convenio, se procedió a constituir la Comisión Mixta Provincial de Plazas de Gratuidad para el curso 2014/15, para los hijos de los trabajadores que se rigen por este Convenio.


Después de la lectura de los artículos referentes del citado Convenio, se pasó a establecer los criterios que esta Comisión tendrá en cuenta a la hora de adjudicar las plazas correspondientes a cada centro, que son: (Orden de prioridad).

a)    Para todos los niveles excepto primer ciclo de Educación Infantil:

1º Los hijos de los trabajadores del propio centro, siempre y cuando reúnan los requisitos establecidos en el VI Convenio Colectivo de Empresas de Enseñanza Privada Sostenida Total o Parcialmente con Fondos Públicos.

2º Los alumnos, que estando matriculados en el centro donde se solicita, en la fecha en la que se demanda la gratuidad, vinieran disfrutando de ésta y cambien de curso en el centro.

3º Los alumnos, que estando matriculados en el  centro donde se solicita, en la fecha en la que se demanda la gratuidad, no vinieran disfrutando de ésta y cambien de curso en el centro.

4º Los alumnos, que estando matriculados en el  centro donde se solicita, en la fecha en la que se demanda la gratuidad, cambien de nivel en el centro.

5º Los alumnos procedentes de otros centros y cambien de nivel.

6º Los alumnos procedentes de otros centros y cambien de curso.

7º En caso de igualdad, se tendrán en cuenta los siguientes criterios en el orden en el que se          redactan:
     
1.    Familia numerosa según grado.

2.    Número de hijos en edad escolar en niveles no concertados.

3.    Minusvalía de algún miembro de la unidad familiar.

4.    Años de servicio en centros de Enseñanza Privada.

5.    Declaración del IRPF del año 2012.

b)    Para Primer ciclo de Educación Infantil:

Los criterios de preferencia en la adjudicación, en caso de haber más solicitudes que plazas disponibles serán:

1.    Trabajador del propio centro.

2.    Familia numerosa según grado.

3.    Número de hijos en edad escolar en niveles no concertados.

4.    Minusvalía de algún miembro de la unidad familiar.

5.    Años de servicio en centros de Enseñanza Privada.

6.    Declaración del IRPF del año 2012.

Asimismo, acuerdan:

a)    Remitir a los centros la fotocopia del acta, así como el modelo de solicitud, a fin de que ambos sean hechos públicos en el tablón de anuncios de los mismos.
b)    Queda abierto el plazo de admisión de solicitudes hasta el día 6 de junio de 2014.
c)    Para cualquier nivel concertado, solamente se solicitará para las actividades complementarias.
d)    El impreso de solicitud de plazas deberá ser facilitado por el centro, y por triplicado a todos los trabajadores que los soliciten.
e)    EL TRABAJADOR solicitante presentará UN EJEMPLAR debidamente cumplimentado en el centro en el que solicita plaza, y los otros DOS EJEMPLARES DE SOLICITUD deberá enviarlos, MEDIANTE CARTA CERTIFICADA CON ACUSE DE RECIBO, a la COMISIÓN MIXTA PROVINCIAL DE CONCESIÓN DE PLAZAS DE GRATUIDAD sita en Avda/ José María Alcaraz y Alenda, nº 20,entreplanta,06011, Badajoz.
f)     El día 9 de junio de 2014, la Comisión procederá a la adjudicación de plazas, comunicando la resolución a los centros y trabajadores afectados.
g)    En el plazo de una semana, a partir de la comunicación, los centros y los trabajadores que consideren lesionados sus derechos, pueden recurrir ante la Comisión, la cual se reunirá para resolver definitivamente las posibles impugnaciones recibidas. Su fallo será vinculante.
h)    Los trabajadores en caso de cumplir las condiciones señaladas por la convocatoria, ejercerán el derecho de la solicitud al estudio arbitrada por la Administración. Si se le concediese, reintegrarán al centro las cantidades percibidas. Los ingresos obtenidos permitirán atender a un número de hijos de trabajadores superior al tanto por ciento.
i)      El no solicitar la ayuda al estudio supondrá la pérdida de la gratuidad.

Sin más asuntos que tratar, se levantó la sesión a las 12 horas.


En Badajoz, a 9 de mayo de 2014


PARA CUALQUIER DUDA O ACLARACIÓN DEBÉIS PONEROS EN CONTACTO CON LA UNIÓN SINDICAL OBRERA DE BADAJOZ. ESTAMOS A TU DISPOSICIÓN 




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