La Federación de Enseñanza de
USO, junto con el resto de sindicatos que componen la Mesa Negociadora del VI
Convenio Colectivo de la Enseñanza Concertada, nos hemos reunido tras la
convocatoria realizada por el banco patronal, sin previo orden del día.
En
dicha reunión, la patronal ha trasladado una propuesta al banco sindical en
relación al contenido del artículo 81º del Convenio y su desarrollo en el Anexo
IV, que regulan la gratuidad de la enseñanza para los hijos de los trabajadores
y el proceso de concesión de plazas, respectivamente.
En
concreto, desde el banco empresarial han propuesto retrasar, al menos un mes,
la creación de las Comisiones Mixtas Provinciales que se encargarán de
establecer el modelo de solicitud, el plazo y lugar de presentación y los
criterios de preferencia de adjudicación de las plazas gratuitas para los hijos
de los trabajadores afectados por el VI Convenio. Dicho plazo, tal y como está
regulado actualmente en el Anexo IV del convenio, fija la primera semana del
mes de mayo para la creación de las citadas Comisiones Mixtas.
El
motivo esgrimido por el banco patronal para realizar dicha propuesta se basa en
la incertidumbre, a su juicio, sobre el desarrollo reglamentario del Real
Decreto Ley 16/2013, de 20 de diciembre, relativo, entre otras materias, a la
cotización a la Seguridad Social de los pagos en especie.
Desde
la Federación de Enseñanza de USO, junto con el resto de sindicatos, hemos
manifestado que, con independencia del resultado final del desarrollo
reglamentario del citado Real Decreto-Ley, tanto si finalmente la concesión de
plazas gratuitas a los hijos de los trabajadores cotiza al Régimen General de
la Seguridad Social como si se excluye, no vemos viable la propuesta patronal,
ya que ésta causaría un daño irreversible a los trabajadores, quienes
precisamente en estos días tienen que decidir la escolarización de sus hijos y,
en caso de aceptar dicho aplazamiento, no podrían hacerlo ante la incertidumbre
de si podrían o no optar a la plaza de gratuidad. Además, detrás del
aplazamiento propuesto por la patronal se ha argumentado la necesidad de
renegociar el Capítulo II de Mejoras Sociales si las circunstancias así lo
exigiesen, pudiendo afectar directamente a la gratuidad de la enseñanza y a
otros derechos en el caso de que finalmente no se excluyera su cotización a la
Seguridad Social.
El
Sindicato USO defiende que la gratuidad de la enseñanza para los hijos de los
trabajadores es un derecho esencial de los beneficios sociales que negociamos
en el VI Convenio Colectivo y que no puede verse cuestionado, sino todo lo
contrario, protegido. Para ello estamos haciendo todas las gestiones necesarias
ante la Administración para preservar este derecho, bien mediante la exclusión
de la cotización a la Seguridad Social del mismo, ya que no se trata de un pago
en especie, bien mediante las negociaciones oportunas con las Administraciones
autonómicas competentes para que se hagan cargo de dicha cotización en el que
caso de que finalmente no se produjera dicha exclusión.
Federación de Enseñanza de USO
Madrid, 30 de abril de 2014
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