Obtención en la Educación Concertada de Exremadura de las certificaciones negativas sobre antecedentes sexuales
El
pasado 18 de agosto se aprobó la Ley de Protección Jurídica del Menor que
afecta a todo el personal que trabaja, directamente o indirectamente, con niños
que aún no han alcanzado la mayoría de edad dentro del ámbito de la enseñanza
no universitaria.
Para los más de 2.500 trabajadores
de la Enseñanza Concertada en Extremadura, la
Secretaría General de Educación ha emitido la Instrucción 1/2016 de 14 de marzo
donde se explica que se le requiere a
los titulares de los centros educativos privados concertados, sostenidos con
fondos públicos, una declaración responsable de que el personal que preste servicios en sus instalaciones cumple
con el requisito exigido por el artículo 13.5 de la Ley Orgánica de Protección
Jurídica del Menor, es decir, que cuenta
con una certificación negativa expedida por el Registro Central de Delincuentes
Sexuales.
Esta medida afecta no solo a los
docentes de los centros concertados, sino también al resto de trabajadores
(personal de administración y servicios), así como a los colegios cuando contraten
servicios con un tercero (comedor, transporte escolar, actividades
extraescolares, etc.), donde se solicitará a la empresa encargada
una declaración responsable de que todo el personal que desarrolle la actividad
cumple con los requisitos señalados.
Hasta el 30 abril,
los titulares de los centros concertados tendrán de plazo para recabar la
información necesaria de sus trabajadores, debiendo trasladar las correspondientes certificaciones a la
Consejería de Educación durante los primeros días de mayo.
A
la vuelta de las vacaciones de Semana Santa, serán los titulares y equipos directivos de los colegios los que
deberán informaros sobre este asunto, así como de la forma que estimen oportuna
para recabar los correspondientes certificados.
En
caso de duda, poneos en contacto con nosotros.
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